La labor de las Naciones Unidas

Desde 1962, la Comisión del Codex Alimentarius (CAC), que fue establecida por la Organización de Alimentos y Agricultura (FAO) de las Naciones Unidas y la Organización Mundial de la Salud (OMS), ha dictado normas internaciones para la salubridad e inocuidad de los alimentos. El objetivo del CAC es guiar a las industrias productoras de alimentos y proteger la salud de los consumidores. Al llegar a estas normas, directrices y principios, el CAC se sirve de la labor del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA), que se formó en 1956 para aconsejar a la FAO y la OMS y, mediante éstas, a los gobiernos miembros de la Organización de las Naciones Unidas sobre el uso de los aditivos alimentarios.

Hasta la fecha, el JECFA ha evaluado más de 1.300 aditivos alimentarios:

  • El JECFA ha establecido principios para la evaluación, especificación y análisis de los aditivos alimentarios.
  • El JECFA proporciona información sobre las cantidades de aditivos alimentarios que se pueden consumir cada día sin producir efectos adversos. Esta información se proporciona como Ingesta Diaria Admisible (IDA), que se expresa en miligramos de sustancia por kilogramo de peso corporal del consumidor.
  • El JECFA determina si los aditivos alimentarios son útiles y tecnológicamente necesarios para la producción, salubridad, apetencia, conservación, transporte y comercialización de los alimentos.

Buenas Prácticas de Fabricación

Buenas Prácticas de Fabricación (BPF) significa que la cantidad de un aditivo autorizado empleado en los alimentos es la cantidad mínima necesaria para producir el efecto deseado. En la mayoría de los casos, la cantidad de un aditivo que se emplea está limitada por consideraciones técnicas, económicas o de sabor.

Evaluación del glutamato monosódico por el JECFA

En 1987, el JECFA confirmó que el glutamato monosódico era inocuo. El comité decidió que no era necesario establecer una "ingesta diaria admisible" numérica. El JECFA adopta la definición de "IDA no especificada" cuando el comité concluye que un aditivo alimentario tiene una toxicidad tan baja que el establecimiento de una IDA en forma numérica no es necesario.